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La prescripción y caducidad. derecho del trabajo.

Enviado por   •  9 de Abril de 2018  •  2.664 Palabras (11 Páginas)  •  249 Visitas

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de caducidad no ya que el tiempo corre fatalmente sin que este pueda interrumpirse. Además, por ser de orden público, la caducidad no requiere ser alegada por la parte a quién beneficia y si puede ser suplicada de oficio por el juez.

El sindicato es aquella asociación estable y permanente de trabajadores unidos y organizados para la representación, defensa y promoción de sus intereses económicos y sociales que cuenta con personalidad jurídica y capacidad de obrar. Un sindicato ha de tener permanencia e independencia; y una organización formal clara. El mismo es creado e integrado por trabajadores, según la naturaleza del sindicato, y eventualmente pueden hacer parte de las personas que no tienen tal condición, cuando la ley y los estatutos lo permitan. El principal objetivo del sindicato es la protección de los intereses colectivos de los trabajadores, en lo que atinente a sus condiciones de vida y de trabajo; ejerce esta representación frente a patronos, empresarios y poderes públicos.

Los sindicatos para desarrollar su actividad cuentan con medios como la negociación colectiva, la representación en la empresa y la participación institucional ante organismos públicos; como medios de lucha cuenta con la huelga o interrupción colectiva de labores, y con la resistencia pasiva ejercida por los empleados, que trabajan más lento o con menor calidad.

Usualmente, el objetivo perseguido por la representación y los medios de lucha es un convenio colectivo, que ampare la situación de todos los trabajadores afiliados al sindicato y cobijaos por el convenio, o incluso es extensible a los demás trabajadores en condición similar y no miembros del sindicato.

De manera general, el sindicato realiza labores de reagrupación, organización y difusión de información, representación de los asociados al sindicato y de sus intereses comunes. En efecto, parte de la labor del sindicato es integrar a los trabajadores en subsecciones del mismo, como las federaciones de oficios que agrupan a quienes trabajan en un área afín, y crear grupos locales o regionales. De manera adicional, los sindicatos desarrollan labores de asesoramiento a sus afiliados, promoción de la formación constante de sus miembros, creación de entidades de apoyo y previsión social, entre otros.

Los sindicatos están regulados a nivel internacional, por el Acuerdo o convenio 87 sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicalización de 1948; El convenio 98 que es completo del anterior y regula lo concerniente al derecho de sindicalización y negociación colectiva; y el convenio 151 sobre la protección del derecho de sindicalización y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo de la Administración Publica.

Jurídicamente el sindicato es considerado una asociación por sus rasgos, a saber; es una agrupación constituida con una finalidad distinta al lucro o utilidad directa, tiene como premisa flexibilidad en cuanto al cambio de miembros, es de duración indeterminada, y se abstrae de la personalidad de los asociados en torno a una voluntad general.

La creación, constitución formal y reconocimiento oficial de un sindicato está regulada por la normatividad estatal; la estructura y funcionamiento del sindicato se rige por sus estatutos y de acuerdo con la constitución y la ley. Para constituir el sindicato, además de los requisitos formales, es necesario el animus associandi, es decir, la voluntad de asociarse de quienes han de integrar la asociación.

Por principio, el sindicato debe ser representativo de sus asociados. La forma de gobierno y los órganos a cargo de ello se definen en los estatutos.

Un sindicato se extingue por revocación de su reconocimiento oficial o de su personalidad jurídica, por acuerdo manifiesto de los asociados, por incapacidad para seguir funcionando, por falta de recursos o de voluntad de los asociados, por incumplimiento de su finalidad, de los estatutos o de la ley.

Dentro de nuestra legislación, específicamente en la ley orgánica del trabajo, de los trabajadores y trabajadoras se establece que los trabajadores sin distinción y sin necesidad de autorización previa tienen derecho a construir y formar parte de las organizaciones sindicales que consideren convenientes para la defensa de sus derechos e intereses, así como de afiliarse o no a ellas de conformidad a lo establecido en la ley.

En cuanto a sus funciones, la LOTTT establece en su artículo 367 las atribuciones de los sindicatos de trabajadores, entre ellas está garantizar la formación colectiva, integral y continúa de sus miembros para lograr el desarrollo integrar de una sociedad justa y amante de la paz basada en la valoración ética del trabajo. Contribuir en la producción y distribución de bienes servicios, promover la responsabilidad para con el medio ambiente, proteger los intereses de sus afiliados en el proceso social de trabajo, así como también defenderlos, representar a sus afiliados en las negociaciones, proteger y defender los derechos individuales y colectivos de sus afiliados, representar y defender a los trabajadores que lo necesiten, supervisar y defender el cumplimiento de todas las normas destinadas a garantizar la seguridad social y el proceso social del trabajo, realizar campañas para concientizar a los trabajadores en la lucha activa contra la corrupción, consumo y distribución de estupefacientes, ejercer especial vigilancia para el fiel cumplimiento de las normas dirigidas a garantizar la igualdad de oportunidades, entre otros.

Las normas estatutarias de los sindicatos contemplan:

1) la denominación del sindicato, federación, confederación o central.

2) El domicilio

3) Objeto, atribuciones y finalidades.

4) Si es una organización sindical de trabajadores se debe indicar el tipo de sindicato.

5) Ámbito territorial de actuación.

6) Condiciones de admisión de los afiliados y afiliadas

7) Derechos y obligaciones de los afiliados.

8) Monto y periodicidad de las cuotas ordinarias y forma de revisarlas.

9) Causas y procedimientos para la imposición de sanciones y para la exclusión de los afiliados.

10) Número de integrantes de la junta directiva y demás organismos de dirección, sus atribuciones, duración e indicación de los cargos que estarán amparados por el fuero sindical.

11) Forma de elección de la junta directiva, basada en principios democráticos, conforme a lo indicado en

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