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TEMA- DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO.

Enviado por   •  29 de Marzo de 2018  •  1.734 Palabras (7 Páginas)  •  663 Visitas

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El conflicto colectivo tiene Aspectos económicos y sociales que tienen en igualdad el dinero. En la negociación colectiva siempre se aplica el principio de realismo *considerando 4 literal d CT*. Cuando el tema es de problemas socioeconómico surge el conflicto.

Ojo: Un conflicto colectivo puede llevar a la pérdida del centro de trabajo

Elementos más importantes de una empresa:

- Capital

- Recurso humano

- Formas de expresión colectiva

- Huelga

- Paro legal: nunca ha habido *articulo 245 al 257 ct*

DIFERENCIA:

La pluralidad de sujetos no hace la diferencia entre el derecho individual y el derecho colectivo. Puesto que en el individual cada persona tiene derechos y obligaciones propios con el empleador.

Cuando se defiende intereses comunes entre trabajador y empleador que buscan que el empleador les mejore sus condiciones de trabajo. Nos encontramos ante el derecho colectivo.

Derecho Individual

Derecho Colectivo

Un trabajador y un empleador:

Tiene cada individuo derechos y obligaciones propios con el empleador

Hay intereses colectivos: aspectos sociales y económicos. *articulo 206 ct*

Se defiende intereses comunes entre trabajador y empleador que buscan que el empleador mejor sus condiciones de trabajo.

Puede existir pluralidad de acciones litisconsorcio planteando una demanda en conjunto pero cada uno pretende que se le resuelva su pretensión.

El centro de la: convenció colectiva conocida como el pacto colectivo puede superar la CPRG sin ser inconstitucional.

Forma de resolver un conflicto en el derecho individual: Queda resuelto por la sentencia mediante la aplicación de una norma jurídica (El juez interpreta la norma y aplica la norma al caso). Siempre se basa en eso contenida en el ct o en el pacto colectivo de condiciones de trabajo: por ejemplo en la junta mixta se resuelve que para que un empleador puede despedir al trabajador la junta debe indicar que procede el despido justificado.

Articulo 425 6 426 ordena la ejecución de la sentencia y afecta a las partes.

El articulo 82 y 78 del ct se relación esto en base de no prestar causa justa para el despido y respecto a la indemnización. Pago de compensación económica de vacaciones no gozadas con base al *articulo 130 ct y 133 *

Queda resuelto el conflicto por un procedimiento conciliación, arbitraje, sentencia colectiva, etc. Pero la sentencia que se dicta en un procedimiento individual solo se ejecuta entre las partes.

Esta sentencia no solo se aplica a un solo grupo sino a todos los trabajadores que laboran y a todos los que van a laborar en el centro de trabajo. Ver el *articulo 50 referencia de los efectos del conflicto colectivo afecta a todos*

Erga omnes (oponible a terceros). A todos los no afiliados a la asociación profesional y a todos los que vayas a ingresar a trabajar.

Voy a tratar de implementar nuevas condiciones de trabajo o mejorar las que ya existen *articulo 20 ct*

Sustento jurídico de cada rama

Contrato individual de trabajo este o no firmado. Su efecto jurídico es en base al *articulo 18 ct y 30 ct*. Surge antes la relación que el contrato.

Sustento Jurídico en cada rama

La convención colectiva o pacto colectivo en nuestra legislación.

Hay ventaja económica cuando yo negocio individualmente con el empleador articulo 90 ct.

No hay lugar a reclamar la ventaja económica sino que son beneficios colectivos.

*Articulo 20 ct* último párrafo condiciones del trabajo

*Articulo 106 cprg*

*

COALICION (chicas)

Capítulo I Y II de la recopilación del CLS párrafo 30 al párrafo 41.

Lectura convenio 87 y 98 de la OIT.

COALICION

*articulo 374, 375 y 376 ct*

Es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores para la defensa de sus intereses comunes

ELEMENTOS DE LA COALICION: Temporalidad; La unión concertada de un grupo de trabajadores o de patronos; La modificación de las condiciones de trabajo; y la defensa de sus derechos e intereses comunes

CARACTERISTICAS

- Un solo fin

- Temporal

- No tiene personalidad jurídica

- El aspecto formal que debe tener según la legislación es aviso a la inspección general te trabajo articulo *376*

- Nuevas condiciones de trabajo o mejora de las ya existentes.

- La coalición pasa a convertirse en sindicato

Comité ad hoc o consejo permanente. *Artículo 374*: es el grupo coaligado? No, Son los representantes del grupo coaligado.

Articulo 206 en adelante.

Antecedentes

- Coalición: unión temporal de trabajadores para la defensa de sus intereses en común *206 ct y convenio 87*

- Asociación profesional:

Etapas:

- Prohibición: Se manifiesta en cuatro momentos significativos. Ministro Turbot últimos ministros de Luis XVI. Auge de liberalismo: Dejar hacer que las personas hicieran lo que quisieran sin haber intervención del Estado. Le interesaba la producción, oferta y demanda libre. Toda organización u coalición estaba prohibida por atentar contra el

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