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TEMARIO DE LA MATERIA DE DERECHO CIVIL III.

Enviado por   •  28 de Marzo de 2018  •  9.648 Palabras (39 Páginas)  •  530 Visitas

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3.- PUNTUALIDAD (Deberán estar todos los alumnos dentro del aula de forma puntual y la lista se tomará dentro de los diez minutos posteriores a la hora de entrada, el alumno que no se encuentre tendrá falta y si llega después de la tolerancia, se le pondrá retardo, DOS retardos acumulan una falta).

4.- PARTICIPACION (Deberá ser individual o grupal de acuerdo a las actividades a realizar en la materia, guardando el debido respeto entre alumnos y maestro respecto de las intervenciones de cada uno podrán ser orales y escritas y contarán para evaluación continua.)

5.-NO ESTA PERMITIDO INGRESAR CON ALIMENTOS AL SALÓN DE CLASE.

6.- NO USO DE CELULARES Y NO USO DE COMPUTADORAS, EN EL CASO DE USAR COMPUTADORAS SERÁ ESTRICTAMENTE PARA DESARROLLO DE LA MATERIA, SITUACIÓN QUE VERIFICARÁ EL PROFESOR DE MANERA ANTICIPADA.

7.- EL VOCABULARIO UTILIZADO EN CLASE DEBERÁ SER DE RESPETO ENTRE ALUMNOS Y MAESTRO.

8.- FORMA DE EVALUACIÓN, SE INTEGRARÁ DE LA SIGUIENTE MANERA:

SE CONFORMA DE UN 100%, 50% DE EVALUACIÓN CONTINUA Y 50%EVALUACIÓN DE EXÁMEN.

Se presentan dos exámenes: un PARCIAL Y UN FINAL.

FECHA DE EXAMENES PARCIAL: 8 DE AGOSTO DE 2016

FECHA DE EXAMEN FINAL: 12 0 14 DE SEPTIEMBRE DE 2016.

NOTAS IMPORTANTES:

Es importante mencionar que el mínimo aprobatorio es el 6, no se podrá exentar a ningún estudiante. El maestro registrará la evaluación en el acta FINAL DEL CURSO con la calificación final de la materia equivalente al 100% de la calificación.

APLICACIÓN DE EXÁMENES: (EQUIVALE A 50% DE LA CALIFICACIÓN POR CADA EXAMEN), ningún examen parcial podrá ser adelantado o aplicado fuera de las fechas establecidas SE DARÁ RETROALIMENTACIÓN DEL EXÁMEN al día siguiente de su aplicación.

EVALUACIÓN CONTINUA. (EQUIVALE A 50% DE LA CALIFICACIÓN DEL PARCIAL), consta de las actividades, trabajos, investigaciones o exposiciones desarrolladas en clase y fuera de ella, siempre y cuando estén rubricadas por el maestro con fecha, también en este rubro se contarán las participaciones por asistir a clase.

° Al Finalizar el curso los alumnos deberán entregar el proyecto final, que es la recopilación de todos los temas vistos en el curso de forma escrita y presentable, mismo que es el PASE para presentar el examen final.

El alumno que no presente este proyecto, no podrá presentar examen final.

GRACIAS POR LA ATENCIÓN PRESTADA Y ESTOY A SUS ÓRDENES PARA CUALQUIER DUDA.

ATENTAMENTE.

LIC. GUADALUPE GARCIA CARRILLO

TITULAR DE BIENES Y DERECHOS REALES

DERECHO REAL Y DERECHO PERSONAL

DERECHO REAL: La palabra real viene del latín res lei significa cosa.

Definimos al derecho real: como el poder jurídico que una persona ejerce de manera directa o inmediata sobre una cosa para aprovecharlo total o parcialmente y generando un efecto económico.

CARACTERISTICAS DEL DERECHO REAL

- Se dirige el sujeto hacia la casa creando un vínculo.

- Debe existir una persona titular del derecho

- Debe existir un objeto

- De preferencia poseer un título de propiedad

- Se ejercita un poder directo e inmediato entre el titular y la cosa que le permite el aprovechamiento parcial o total de la misma.

De aquí a que los derechos reales recaigan sobre las cosas u objetos también llamados “corpóreos o materiales “.

DERECHO PERSONAL:

Se reconoce como la facultad de acción que tiene una persona (sujeto activo) respecto de un bien (objeto) en el cual el titular está obedeciendo legitimado para el cual el titular está debidamente legitimado para ejercitar la acción en relación con un sujeto pasivo.

CARACTERISTICAS:

- La conducta del sujeto activo respecto al objeto.

- La prestación a realizar

- La existencia de un sujeto pasivo

- El efecto jurídico.

AL HABLAR DE PATRIMONIO LOS DERECHOS REALES Y PERSONALES DECIMOS QUE SE PUEDE USAR DISFRUTAR Y DISPONER DE LAS COSAS CONFORME A SU DUEÑO, SIEMPRE Y CUANDO NO CONTRA A LA LEY, POR LO TANTO SI SE PUEDE TRANSMITIR DE LOS LÍMITES DE ESTA LEY.

TEORIAS QUE APOYAN AL DERECHO REAL Y PERSONAL.

- Monista: Refiere a una identidad de ambos derechos, señalando una unidad en su naturaleza jurídica, es decir, ambos derechos coercibles (universalidad).

- Dualista: Existe una separación entre derechos se asocia a la teoría económica identificando elementos también llamados externos e internos.

- Ecléctica: Refiere una combinación entre teoría monista y dualista, dice de la existencia de un sujeto activo y sujeto pasivo de un bien determinado.

- Económica: Hay una separación absoluta desde el aspecto jurídico y económico; se genera especial relación con el aprovechamiento del bien y su legitimidad.

OBLIGACION

Se analiza desde dos enfoques.

- El primero el vínculo que existe entre el sujeto activo y el sujeto pasivo creando una prestación de dar hacer, no hacer.

- El segundo la relación jurídica entre el objeto y el titular de la cosa que se considera como el medio para el cumplimiento de la prestación.

PROPIEDAD:

EN TÉRMINOS GENERALES CORRESPONDE A UNA SOLA PERSONA, SE LE DA LA CARACTERÍSTICA DE DERECHO REAL POR QUE SE REÚNEN LOS ELEMENTOS DE DOMINIO ABSOLUTO.

CABE RESALTAR QUE EXISTE UN FENÓMENO DENTRO ESTE DERECHO REAL POR EXCELENCIA LLAMADO “DESMEMBRAMIENTO” SIGNIFICA QUE LA PROPIEDAD PUEDE SER VISTO CON CIERTAS LIMITACIONES Y ENFOQUE.

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