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Caso Legislación Laboral

Enviado por   •  28 de Octubre de 2023  •  Tarea  •  526 Palabras (3 Páginas)  •  287 Visitas

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  1. ¿Cuáles son las acciones legales que la Sra. Georgina Gómez puede iniciar?

Legalmente la Sra. Georgina Gómez puede iniciar acciones legales por despido injustificado.

  1.  A qué instancia legal debe dirigirse la acción y por qué razones.

A la Ley Federal del Trabajador

Las razones las podemos encontrar en el Artículo 51 que menciona las causas de anulación de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador varios ítems sin embargo pongo en consideración los siguientes,

“ II. Incurrir el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento y/o acoso sexual, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos;  

IX. Exigir la realización de actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra la dignidad del trabajador; y

Estás acciones se han elegido pues ya se ha demostrado que la Sra. Georgina Gómez ha trabajado por más de 15 años, además de ser una buena trabajadora, se ha ganado por su trabajo, dedicación y discrecionalidad una plaza de confianza, misma que se ve manchada por injurias y hostigamiento al obligarla a declararse culpable, además atentando ante la dignidad de la señora sacándola con un policía de seguridad del inmueble, como que fuera una ladrona.

  1. ¿Quiénes son los sujetos contra los cuales debe entablar su acción? Argumente, precisando las normas que respalden la decisión.

En mi consideración debería hacerlo a la Organización con responsabilidad del director general Adjunto de Administración, ya que fue el quien decidió llevar a cabo una “limpieza” de personal en la Dirección de Compras.

  1. ¿Puede la Sra. Gómez demandar la reinstalación?, ¿Por qué? (funde y motive jurídicamente)

Por supuesto Tenemos el apoyo tanto de la Ley Federal del Trabajador como en la Constitución

En la Constitución Artículo 123 sección B, item XI (sic 05-12-1960) nos dice que “Los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley. 

En caso de separación injustificada tendrá derecho a optar por la reinstalación en su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley; “

Mientras que en la Ley federal del Trabajador el Artículo 55. menciona que “Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón las causas de la terminación, tendrá el trabajador los derechos consignados en el Artículo 48.” Que dice: “El trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.”

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