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DERECHO LABORAL “ANALISIS DE CASOS”

Enviado por   •  19 de Enero de 2018  •  2.820 Palabras (12 Páginas)  •  714 Visitas

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Para poder acceder a todo esto legal se debería cumplir con las cláusulas del reglamento y una vez cumplidas se puede llevar a cabo el nuevo contrato de trabajo, además se podría anexar el anexo del contrato manteniendo las individualización de las partes, declarando que se considera la antigüedad del trabajador para efectos de futuras indemnizaciones, así puede contratar al trabajador nuevamente y se llega a mutuo acuerdo que su vida laboral para atrás seguirá intacta y se le pagara todo lo que se le debe, de esta forma se podría crear un nuevo contrato de trabajo pactado por ambas partes.

II.- Su empresa es fiscalizada por un inspector del trabajo , y le solicita la documentación esencial laboral , contrato, liquidaciones de remuneraciones , comprobantes de permisos y feriados etc..

Usted le indica que no tiene ningún tipo de documentación en las oficinas de Concepción puesto que su sistema de documentación es centralizado en la matriz en la ciudad de Santiago.

El inspector le indica que le da plazo para regularizar, de lo contrario lo multará.

¿Cómo solucionar este problema de acuerdo a las herramientas que le da la ley a fin de evitar la multa?

Cuando una empresa tiene sucursales en todas las regiones, la casa matriz está ubicada en Santiago y centralizada en Santiago, es común que pase este tipo problemas que no se tenga la documentación correspondiente en la sucursal, lo que se debería de hacer en este caso es pedir el comprobante de la centralización de la solicitud realizada ante la dirección del trabajo, y una vez que se presenta la solicitud la dirección de trabajo emite una solución autorizando el resguardo de documentos según mecanismo sea físico o digital declarando la autorización además con la dirección del lugar donde estarán los documentos esto se puede realizar ya que el inspector da tiempo para regularizar la situación , solo se debiera necesitar el comprobante que se deberá pedir a la dirección del trabajo.

Las empresas podrán solicitar a la Dirección del Trabajo autorización para centralizar los documentos antes señalados y ofrecer mantener copias digitalizadas de dichos documentos laborales y previsionales. Para estos efectos, el Director del Trabajo, mediante resolución fundada, fijará las condiciones y modalidades para dicha centralización.

El inspector laboral llegara a la empresa después que venza el plazo que dio y la empresa lo soluciona todo mostrando la copia de la resolución que se autorizó en la inspección del trabajo.

Analice y soluciones el caso en conformidad a la ley.

III.- Su jefe le indica que es necesario que los trabajadores de los 4 turnos rotativos laboren horas extraordinarias de forma permanente. Le ordena que redacte una cláusula anexo de contrato con este fin , sin importar el recargo que haya que pagar, lo importante es que se trabajen porque solo así es posible funcionar.

Analice la legalidad de esta solicitud a la luz de la legislación vigente.

Como podría usted solucionar este tema sin infringir la norma.

Según el Art. 32.Las horas extraordinarias sólo podrán pactarse para atender necesidades o situaciones temporales de la empresa. Dichos pactos deberán constar por escrito y tener una vigencia transitoria no superior a tres meses, pudiendo renovarse por acuerdo de las partes.

Por necesidades o situaciones temporales De la empresa, deberán entenderse “todas aquellas circunstancias que no siendo permanentes en la actividad productiva de la empresa y derivando de sucesos o acontecimientos ocasionales o de factores que no sea posible evitar, impliquen una mayor demanda de trabajo en un lapso determinado.” (Dictamen N° 1.573/26, 31.03.15

De acuerdo a la legislación vigente se dice que las horas extraordinarias solo podrán pactarse para atender necesidades o situaciones temporales de la empresa. Donde dichos pactos deberán contar por escrito y tener una vigencia transitoria no superior a tres meses, pudiéndose renovar por acuerdo de las partes. En el caso de pactarse en faenas que por su naturaleza no afecten a la salud del trabajador.

Dicho lo anterior no es legal que se pueda redactar una cláusula de anexo permanente de las horas extraordinarias. Sin embargo podría solucionar este problema pactando las horas extraordinarias con los trabajadores cada tres meses y luego renovándolo hasta que la empresa logre funcionar como corresponda y cumpla con los objetivos correspondientes llegando al acuerdo con el trabajador correspondiente para que de esta forma no se infrinja la norma, sin embargo se debe cumplir que las horas extraordinarias se pagaran con un recargo de un cincuenta por ciento sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria y deberán liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo periodo.

IV.- Si su empresa es contratista:

- Redacte la cláusula sobre naturaleza de los servicios, en un contrato por obra o faena.

Por la naturaleza de los servicios se precisare el desplazamiento del trabajador, se debe entender por lugar de trabajo toda la zona geográfica que comprenda la actividad de la empresa. En relación a la cláusula relacionada con la función el legislador exige conocer con exactitud y sin lugar a dudas la labor o servicio que el dependiente se obliga a efectuar para el respectivo empleador, sin que ello importe, en todo caso, pormenorizar todas las tareas que involucran los servicios contratados, puesto que de acuerdo con el artículo 1546 del Código Civil, todo contrato debe ejecutarse de buena fe y, por consiguiente, obliga no sólo a lo que en ellos se expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación o que por la ley o la costumbre le pertenecen. O sea se debe explicar en esta cláusula que tipo de servicios prestara el trabajador dependiendo el marco del contrato o de especialidades según suscrita por el empleador, mencionando la empresa que contrato al empleador y los datos de la identificación del contrato. Del precepto legal precedentemente transcrito fluye que el contrato de trabajo, entre otras menciones obligatorias, debe establecer la naturaleza de los servicios prestados. En relación con el citado precepto la doctrina de esta Dirección ha sostenido que la determinación de los servicios debe ser entendida en el sentido de establecer o consignar de forma clara y precisa el trabajo específico para el cual ha sido contratado el dependiente.

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