Derecho laboral y mercantil.
Enviado por John0099 • 1 de Mayo de 2018 • 1.067 Palabras (5 Páginas) • 412 Visitas
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la economía.
Puede ser que existan condiciones salariales en los convenios colectivos según una comunidad autónoma u otra, debido a que existen varios tipos de convenios colectivos según el área geográfica de aplicación. Por tanto, existen convenios de ámbito local, provincial, autonómico y de ámbito nacional. Los convenios colectivos son de menor jerarquía que las normas estatales por lo que mejoran o complementan a las normas estatales. El mínimo a respetar estará recogido en el estatuto de los trabajadores, pero se podrá regir antes por el convenio colectivo inmediatamente superior.
4.- Indíquese brevemente, buscando las estadísticas correspondientes, cual ha sido la evolución de la negociación colectiva en la Comunidad Autónoma de Euskadi en los últimos 5 años.
En 2015 hay que señalar que a lo largo del año 67 empresas con un total de 3.311 trabajadores que antes no tenían convenio propio registraron su convenio de empresa. El número de nuevos convenios de empresa registrados se sitúa muy por debajo de la registrada los dos años anteriores (140 convenios con 12.060 trabajadores en 2014, y 129 con 8.556 empleados en 2013).
Este ámbito de negociación, que se había activado a raíz de la entrada en vigor en 2013 de los efectos de la reforma laboral, se mantuvo muy dinámico a lo largo de 2013 y 2014, acogiendo a parte de los trabajadores cuyo convenio sectorial había decaído.
Por otro lado, el incremento salarial medio pactado en los convenios vigentes en la CAPV para 2015 fue del 0,62%, inferior a la subida salarial media pactada para los convenios colectivos en el conjunto del Estado, que en este caso se situó en el 0,74%.
Si observamos lo ocurrido en los últimos ejercicios, nos encontramos que para el año 2015 por primera vez la subida salarial para el conjunto del Estado es superior a los incrementos pactados en los convenios vigentes en la CAPV, circunstancia ésta que no se había dado en los años anteriores.
la situación de bloqueo en la negociación colectiva que existe dentro de nuestra Comunidad, que se traduce en un elevado número de trabajadores con sus convenios prorrogados o decaídos, tiene como consecuencia directa la inexistencia de acuerdo para las subidas salariales a aplicar, y aunque pueda haberse llegado en algunos casos a la firma de pactos extraestatutarios en los que se contempla incrementos salariales, estos acuerdos al no ser, en principio, de aplicación general, no son tenidos en cuenta para este cálculo.
La situación de bloqueo en la negociación colectiva que existe dentro de nuestra Comunidad, que se traduce en un elevado número de trabajadores con sus convenios prorrogados o decaídos, tiene como consecuencia directa la inexistencia de acuerdo para las subidas salariales a aplicar, y aunque pueda haberse llegado en algunos casos a la firma de pactos extraestatutarios en los que se contempla incrementos salariales, estos acuerdos al no ser, en principio, de aplicación general, no son tenidos en cuenta para este cálculo.
El incremento salarial medio acordado para 2015 en los convenios vigentes de aplicación en la CAPV, que como hemos señalado se sitúa en el 0,62%, es ligeramente inferior al registrado en 2014 (0,65%), situándose igualmente por debajo del registrado en los ejercicios anteriores, (0,93% en 2013 y 2,18%
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