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Los principios del derecho colectivo de trabajo en la Constitución, en el Código de Trabajo y en el Proyecto de Código Orgánico de Relaciones Laborales

Enviado por   •  24 de Diciembre de 2018  •  23.035 Palabras (93 Páginas)  •  558 Visitas

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EPIGRAFE 1.1 PROBLEMA

Latinoamérica, vislumbra en estos tiempos un despertar social y económico, en el que los países del área toman cada vez más conciencia de la necesidad de transformar substancialmente la forma de concebir el desarrollo y crecimiento económico en la región tomando como eje el bienestar social.

En este contexto el derecho colectivo de trabajo, tiene un papel protagónico dado que él depende en última instancia la garantía de calidad de vida y de la dignidad plena del hombre.

La cotidianidad ecuatoriana está marcada por una serie de cambios progresivos que han incidido directa o indirectamente en los niveles de vida, y la organización del trabajo en sentido general.

Dichas transformaciones han alcanzado los distintos cuerpos legales que garantizan la protección de los trabajadores ecuatorianos.

En este entorno cambiante es vital que las políticas laborales, se sustenten en el respeto a la legalidad, la concepción de objetivos bien definidos y el respeto a los trabajadores.

En fecha reciente la asamblea nacional propuso una serie de modificaciones en el Código de Trabajo, modificaciones que sin lugar a dudas tendrá un gran impacto social, fundamentalmente en el mediano y largo plazo.

Dada la complejidad de esta temática la presente investigación se plantea el siguiente problema de investigación: ¿Los deberes y derechos son reconocidos eficazmente en el código de trabajo y los distintos cuerpos legales en Ecuador?

Por lo que es inminente la necesidad de analizar las consecuencias de dichas modificaciones en la sociedad, asegurar la protección de los trabajadores en los distintos cuerpos legales y proponer acciones para atenuar los efectos negativos y potencializar los positivos. Además de estudiar los principios del derecho colectivo de trabajo en la constitución, en el código de trabajo y en el proyecto de código orgánico de relaciones laborales.

Lo planteado hasta el momento permite plantear la siguiente hipótesis: Si se evalúa el reconocimiento de los deberes y derechos de los trabajadores en el código de trabajo y los distintos cuerpos legales en Ecuador se incrementará la eficacia de los mismos.

EPIGRAFE 1.2 OBJETIVO

Además de trazarse como objetivo: Evaluar el reconocimiento de los deberes y derechos de los trabajadores en el código de trabajo y los distintos cuerpos legales en Ecuador.

Del nivel teórico se utilizaron los siguientes métodos:

- Métodos lógicos del pensamiento, como: análisis, síntesis, inducción, generalización, para arribar a las diferencias y conclusiones pertinentes.

- Histórico lógico en función de establecer orden y secuencia lógica en el devenir histórico del fenómeno estudiado.

Fueron empleados como métodos del nivel empírico los siguientes:

- El trabajo con las fuentes documentales para analizar los trabajos existentes acerca del objeto de investigación de la Constitución, el Código de Trabajo y el Proyecto de Código Orgánico de Relaciones Laborales.

- Entrevistas a especialistas con el objetivo de determinar el estado actual de la protección a los trabajadores en Ecuador.

- El método de consulta a especialistas para valorar la factibilidad del proyecto en el territorio.

Para su desarrollo la presente investigación se estructura de la forma siguiente: introducción, tres capítulos, conclusiones, recomendaciones, bibliografía y anexos.

EPÍGRAFE 1.3 OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

Los cuales se concretan en la medida en que se dé cumplimiento a los siguientes objetivos específicos:

- Revisar literatura

- Caracterizar los cuerpos legales que garantizan la protección a los trabajadores

- Evaluar los principios del derecho colectivo de trabajo en la constitución, en el código de trabajo y en el proyecto de código orgánico de relaciones laborales"

EPÍGRAFE 1.4 DEFINICIONES QUE SUSTENTANTAN EL OBJETIVO.

Desde épocas de Aristóteles, él aludió técnicamente a una tipología de la Constitución, pero nunca formuló una teoría sistematizada acerca de ella, nunca tuvo la intención de codificar de manera científica un estudio consistente sobre la Constitución.

No obstante, Aristóteles tuvo una visión de la Constitución en los siguientes aspectos: a) Se puede estudiar a la Constitución como una realidad, desde esta óptica es el acontecer de la vida de la comunidad, es la vida misma de la sociedad y el Estado, la existencia de una comunidad armonizada u organizada políticamente; b) La Constitución es una organización, en ese sentido se refiere a la forma de organizar las maneras políticas de la realidad; c) Se puede estudiar a la Constitución como todo gobernante debe analizar cuál es la mejor Constitución para un Estado, las mejores formas, en virtud de las cuales, se organiza mejor el estado para la realización de sus fines, para realizar los fines de la comunidad.

Mientras que Karl Loeweinstein, gran constitucionalista, es uno de los grandes realistas del estudio del Derecho Constitucional en la época contemporánea. Plantea que en toda sociedad existe una Constitución real u ontológica. Una Constitución ontológica es el ser de cada sociedad, es la cultura social real, son las formas de conducta reconocidas, son los principios políticos en los que se basa toda comunidad, y que se formaliza en una Constitución escrita.

Igualmente Georges Burdeau por su parte asegura que una Constitución es el status del poder político convertido en instituciones estatales. La Constitución es la institucionalización del poder.

Maurice Hauriou aseguró que la Constitución es un conjunto de reglas en materia de gobierno y de la vida de la comunidad. La Constitución de un Estado, es un conjunto de reglas que son relativas al gobierno y a la vida de la comunidad estatal.

Jorge Carpizo ofrece una clara descripción de la Constitución, de las teorías, posturas y corrientes que ha habido en torno a ella. Además de esta gran contribución, también analiza el concepto desde diversos ángulos, y nos dice que la palabra Constitución, como tal, es una palabra que tiene diversos significados, es una palabra multívoca.

Finalmente

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