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Antecedentes del derecho laboral en mexico.

Enviado por   •  1 de Julio de 2018  •  1.619 Palabras (7 Páginas)  •  448 Visitas

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El Porfiriato

Durante el porfiriato, el profundo movimiento social trajo como consecuencia dos acontecimientos importantes: la huelga de cananea de 1906, en la que los trabajadores, conscientes de la explotación de que eran objeto realizaron algunos movimientos de protesta, y la huelga de rio blanco. Estas fueron las primeras huelgas que se realizaron en México como actos de rebeldía del proletariado en contra de las empresas y el gobierno por las condiciones en las que laboraban. A continuación, presentamos el pliego de peticiones presentado en la huelga de cananea, 1906:

Memorándum

1.- Queda el pueblo obrero declarado en huelga

2.- El pueblo obrero se obliga a trabajar sobre las condiciones siguientes:

I.- La destitución del empleo del mayordomo Luis

II.- El mínimo sueldo del obrero será cinco pesos, con ocho horas de trabajo

III.- En todos los trabajos de la Cananea consolidated Copper Co. Se ocuparán 75% de mexicanos y 25% de extranjeros, teniendo los primeros las mismas aptitudes de los segundos

IV.- Poner hombres al cuidado de las jaulas, que tengan nobles sentimientos para evitar toda clase de irritación.

V.- Todo mexicano, en los trabajos de esta negociación, tendrá derecho a ascenso, según se lo permitan sus aptitudes.

El pliego contiene algunas peticiones hechas por los trabajadores, quienes fueron los primeros en luchar por la jornada de ocho horas y un salario que les permitiera satisfacer sus necesidades y las de su familia. Había 5,300 trabajadores mineros, quienes asaltaron los montepíos y se apoderaron de rifles, escopetas y pistolas que ahí encontraron. Sin embargo, los trabajadores perdieron la lucha y fueron obligados a regresar al trabajo. El descontento no se hizo esperar entre los obreros, que realizaron varios paros y huelgas. Al ver que el país se desestabilizaba, el gobierno federal intervino y obreros y patrones se comprometieron a acatar el laudo que pronunciara el presidente de la república, el cual resulto más perjudicial para los trabajadores, pues la balanza se inclinó hacia el sector capitalista, los obreros quedaban prácticamente igual que antes de realizar los paros y huelgas; además, tenían que acatar las normas posteriores a las costumbres establecidas por lo que resulto peor.

Otro incidente más fue la huelga de la industria textil de puebla, que estallo debido a la imposición de un reglamento de fábrica que pasaba sobre la libertad y la dignidad de los trabajadores, pero que no tuvo los resultados esperados porque los patrones de la industria decretaron un paro general; el presidente Porfirio Díaz apoyo a los empresarios y solo accedió a prohibir el trabajo de los menores de siete años.

Constitución de 1917

En diciembre de 1916, las cinco diputaciones de Veracruz y Yucatán presentaron dos iniciativas de reforma al art. 5° con normas en favor de los trabajadores. La comisión dictaminadora del proyecto del art 5° incluyo solo la jornada máxima de ocho horas y la prohibición del trabajo nocturno industrial de las mujeres y los niños. Al hacer el uso de la palabra, el diputado obrero por Yucatán, Héctor Victoria, sentó las bases de lo que posteriormente fue el artículo 123 constitucional. El articulo 5 debería trazar los fundamentos sobre los que habría de legislarse en materia de trabajo, entre ellos: jornada máxima, salario mínimo, descanso semanal, higiene de talleres, fabricar y minas, convenios industriales, creación de tribunales de conciliación y arbitraje, prohibición del trabajo nocturno de mujeres y niños, seguros de accidentes, indemnizaciones, etcétera. El diputado José Natividad Macías dijo:

He oído en las diversas iniciativas que se han presentado a las cámaras, hablar de juntas de conciliación y arbitraje; he oído hablar de tribunales de arbitraje y de arbitradores, que se trata de introducir el artículo 13. A la verdad y sin ánimo de ofender a nadie, todo esto es perfectamente absurdo, si no se dices cuáles son las funciones que han de desempeñar esas juntas, porque debo decir que si esas juntas se establecieron con la buena voluntad que tienen sus autores y no se llegara a comprender perfectamente el punto, se dan unos verdaderos tribunales más corrompidos y más dañosos para los trabajadores que los tribunales que ha habido en México; sería la muerte del trabajador y lejos de redimir a esta clase tan importante, vendrían a ser un obstáculo para su prosperidad.

Macías apoyo la idea de consagrar un título de la constitución a la materia de laboral y para ella presento un proyecto con las bases del derecho del trabajo. Después del debate, Natividad Macías, Pastor Rouaix, Lugo y de los Ríos formaron base en el proyecto de Macías. La proposición final se remitió a la comisión del congreso encargada de presentarlo a la asamblea. La comisión no presento modificaciones de fondo y así, el 23 de enero de 1917, el artículo 123 se aprobó por unanimidad de 163 votos de los diputados presentes.

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