Es conveniente distinguir cumplimiento de sentencia de ejecución de sentencia
Enviado por Jerry • 6 de Marzo de 2018 • 4.728 Palabras (19 Páginas) • 396 Visitas
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REMISIÓN DE AUTOS A LA SCJN ART. 198 AMPARO.
Cuando se trate de la repetición del acto reclamado o en los casos de inejecución de sentencia de amparo a que se refieren los párrafos anteriores, el TCC remitirá los autos a la SCJN, que recibidos y radicados, dictará a la brevedad posible para que cumpla la resolución que corresponda. Cuando estime que el retraso en el cumplimiento de la sentencia es justificado dará un plazo razonable a la responsable y a su superior jerárquico, el que podrá ampliarse a solicitud de la autoridad y por 1 sola vez.
Cuando considere que el retraso en el cumplimiento de la ejecutoria es inexcusable, tomará en cuenta el proyecto remitido por el TCC y procederá a separar del cargo 1° al titular de la responsable y después a esta, consignándolos al JD por el delito de incumplimiento de las sentencias de amparo, lo mismo sucederá con los titulares que aun cuando ya hayan dejado el cargo, hayan incumplido con la sentencia de amparo. En la misma resolución, la SCJN ordenará devolver los autos al órgano jurisdiccional de amparo a efecto de que reinicie el cumplimiento ante los nuevos titulares, sin perjuicio de consignar a los anteriores que incurrieron en su incumplimiento. El incumplimiento extemporáneo de la ejecutoria de amparo si es injustificado, no eximirá de responsabilidad a la responsable ni a su superior jerárquico, aunque se tomará como atenuante al imponerle la sanción correspondiente
AUTORIDADES CON FUERO.
Si la AR que fuera a ser separado de su cargo y consignado al JD, gozare de fuero constitucional, la SCJN declarará que se aplique los dispuesto en la fracc. 16 del art 107 const. Y con esta declaración y la constancia de autos, solicitará al congreso de la unión el desafuero de la autoridad cuya sentencia culminará con la determinación de que se retire el privilegio que representa el fuero al servidor público con el que se inició el juicio para estar en posibilidad de consignarlo al juez federal respectivo.
RESPONSABILIDAD PENAL POR INCUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS
El JD a quien se hubiere consignado la autoridad por el incumplimiento de una sentencia de amparo por la ejecución del acto reclamado, se limitarán a sancionarla por el delito de abuso de autoridad tipificado en el código penal federal, pero si durante la sustanciación del proceso penal, se apreciara la existencia de otro delito, el funcionario procesado será informado de esta situación para que proceda su defensa así como al agente del MPF para que ejercite la acción penal. Ya que la SCJN sólo tendrá facultades para ejecutar la acción penal por el desacato o desobediencia al mandato judicial.
PROCEDIMIENTO PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA EJECUTORIA DE AMPARO.
El JD o TCC que haya conocido del juicio de amparo recibido los autos por parte de la SCJN hará cumplir la ejecutoria de que se trata, dictará las órdenes necesarias para cumplir con la sentencia comisionando a su actuario o secretario para que de cumplimiento con la misma, pero si no se logra, el mismo JD o el magistrado destinado por el TCC deberá en el lugar en que deba darse cumplimiento a la sentencia para ejecutarla por sí mismo. Si después de agotados todos estos medios no logra el cumplimiento, solicitará el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir la determinación.
INCIDENTE DEL CUMPLIMIENTO SUSTITUTO DE LA SENTENCIA DE AMPARO (art. 204, 205 de L.A.)
Cuando el acto lo permita del pleno de la suprema corte una vez tuviera determinado el cumplimiento podrá solicitar el cumplimiento sustituto de la sentencia de amparo mediante el pago de daños y perjuicios al quejoso. Este cumplimiento sustituto podrá también ser solicitado por cualquier de las partes en los siguientes términos:
- Cuando la ejecución de la sentencia afecte gravemente a la sociedad en mayor proporción que los beneficios obtenidos por el quejoso. Ej: el bien embargado ya se vendió a una constructora y esta ya hizo fraccionamiento y ya vendió las casas.
- Cuando por las circunstancias materiales del caso sea imposible o desproporcionado restituir las cosas al estado en que se encontraban antes de la violación.
Luego entonces otra de las formas es a través para dar cumplimiento de una sentencia de amparo es a través de un procedimiento de cumplimiento sustituto a través de este incidente, que es un procedimiento por virtud del cual se determina el importe de los daños y perjuicios que se hubieren ocasionado al quejoso por motivo de la emisión, omisión o ejecución del acto reclamado.
Esa forma de implementación legal de cumplir con la sentencia de amparo a sido criticada por varios juristas, pues estiman que con ello se desnaturaliza el amparo, pues este restituir al quejos en el goce de la garantía violada volviendo las cosas a su estado anterior, adquieren de esta forma el juicio de amparo la calidad de medio de control constitucional que tiene por objeto que la orden constitucional tome su vigencia y que la constitución general de la república se mantenga con su calidad de ley suprema.
Pues en términos de este párrafo el juicio de garantías va a convertirse en un medio de restitución para el agraviado en cuanto a sus intereses con independencia de que se mantenga viva la conculcación de garantías.
De ahí que el juicio de amparo quede desnaturalizado completamente, sobre todo cuando el cumplimiento sustituto es ordenado por la suprema corte en los casos en que la restitución afecte gravemente a la sociedad o sea imposible restituir las cosas al estado en que se encontraban, sin que en esta situación se prevea que deba obligarse a la autoridad a acatar la sentencia concesoria y en su momento consignarla a la autoridad correspondiente por el incumplimiento.
Sólo se da menos en materia penal.
PROCEDENCIA DEL INCIDENTE DE CUMPLIMIENTO SUBSTITUTO DE LA SENTENCIA DE AMPARO
Este incidente opera cuando la SCJN ha decretado que hay incumplimiento de ejecutoria de amparo ya sea por desacato a la sentencia por parte de la responsable, caso omiso, imponer procedimientos prohibidos, repetición del acto reclamado, pues acreditado uno de estos supuestos la SC podrá ordenar que se tenga cumplida la sentencia a través del pago de daños y perjuicios cuyo monto lo determinará el JD amparo indirecto o TCC amparo directo, pero siempre que la naturaleza del acto lo permita, pues el cumplimiento sustituto de materia penal no procede.
También
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