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Amparo Indirecto Por violación al Derecho de Petición en contra de GOBIERNO DEL ESTADO Y SECRETARIA DE GOBERNACION.

Enviado por   •  10 de Marzo de 2018  •  1.842 Palabras (8 Páginas)  •  521 Visitas

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2 de septiembre de 2009, estando laborando me levantaron tres actas administrativas en el sentido de que falte los días 20, 21 y 22 de agosto del año 2009, es decir un acta administrativa de cada día que falte, incluso ACTA del día 22 de agosto de 2009, que es el día que me corresponde descansar y que me presente con el C. COMISARIO JOSE THOMAS SANCHEZ LOPEZ!!!!!!

7.- El día 18 de noviembre de 2009, estando laborando, aproximadamente como a las 9:00 de la mañana, se me informa que me presentara en las oficinas jurídicas de la COORDINACION GENERAL DE LA,POLICIA INTERMUNICIPAL-XALAPA.BANDERILLA-TLALNEHUAYOCAN, en donde me notifican la resolución de fecha doce de noviembre del año 2009, en donde se me informa que estoy despedido y se me sanciona con la RESCICION DE MI NOMBRAMIENTO, a partir del día 18 de noviembre del año 2011. La resolución que me fue NOTIFICADA, ES POR ORDEN DEL C. GENERAL SERGIO LOPEZ ESQUER, SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO, Y LA FIRMA EL C. LIC. LUIS GREGORIO RODRIGUEZ LOPEZ, COORDINADOR GENERAL de la Policía Intermunicipal Xalapa-Banderilla-Tlalnehuaycan, asistido por el C. MTRO. HUGO EFREN MARIN MARQUEZ, en su carácter de Secretario de Asistencia; y me fue notificada por el C. ALFREDO MELO RUIZ, Analista Jurídico de la Policía Intermunicipal Xalapa-Banderilla-Tlalnehuayocan.

ES DE MENCIONARSE QUE EN EL MES D ENOVIEMBRE DE 2009, RECIBI UN RECONOCIMIENTO POR MI DESTACADA LABOR, DURANTE EL MES DE SEPTIEMBRE DE 2009, DICHO RECONOCIMIENTO FUE FORMADO POR EL GRAL SERGIO LOPEZ ESQUER, SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA; Y OTORGADA POR EL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO, LA SUBSECRETARIA DE SEGUTRIDAD PUBLICA B Y LA POLICIA INTERMUNICIPAL XALAPA-BANDERILLA-TLALNEHUAYPCAN.

8.- INCONFORME con esa resolución, con fecha 9 de diciembre del año 2009, interpuse RECURSO DE REVOCACION TANTO EN GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ, COMO EN LA SECRETARIA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ, pero es el caso que NINGUNA de las autoridades responsables me ha NOTIFICADO resolución que le haya recaído al RECURSO DE REVISION que interpuse.

En el RECURSO DE REVOCACION, interpuesto por el quejoso en contra de la resolución de fecha 12 de noviembre del año 2009 emitida por el Coordinador General de la P.I.X.B.T. y Delegado Jurídico de la P.I.X.B.T. dentro de los autos del expediente numero DJ/PIXBT/63/09, presentado ante GOBIERNO DEL ESTADO Y LA SECRETARIA DE GOBERNACION, ofrecimos como domicilio el siguiente: calle Circuito Acerina No. 27, fraccionamiento “Presa San Bruno”, de la ciudad de Xalapa, Veracruz.

Así las cosas ante la violación flagrante de mi garantía de petición y ante la indiferencia de atenderme como justiciable que tengo derecho a la impartición de justicia, es que ante tales OMISIONES es que he decidido interponer el presente JUICIO DE GARANTIAS.

VIII.- CONCEPTOS DE VIOLACIÓN.

UNICO.- Se viola en mi perjuicio la garantía de petición contenida en el artículo 8º de la Constitución Federal, toda vez que si la constitución dice que “Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario”.

Y en la presente el derecho de petición se realizó de manera escrita, pacifica y respetuosa, y la autoridad responsable BRILLA POR SU AUSENCIA, pues se supone que el GOBERNANTE debe facilitar la imparticion de justicia y al no contestar nuestro escrito de petición consistente en el recurso de revisión aludido la autoridad responsable solo esta interponiendo obstáculos a la imparticion de justicia, dejándonos en estado de indefensión para recibir justicia pronta y expedita.

Es por lo anterior que solicito el amparo y protección de la Justicia Federal, para el efecto que en base al derecho de petición que tenemos los mexicanos, la autoridad me responda conforme los términos del artículo 8º Constitucional, y no en base a sus términos personales y siendo de esa manera al no respetarme mi garantía de petición, me deja en TOTAL ESTADO DE INDEFENSION.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted C. JUEZ DE DISTRITO EN EL ESTADO, atenta y respetuosamente pido:

PRIMERO.- Me tenga por presentada en los términos de este escrito y copias de ley que se acompañan, formulando demanda de amparo indirecto contra los actos reclamados a las autoridades responsables. ANEXO escrito original de petición dirigidos a la autoridad responsable con el respectivo acuse de recibo.

SEGUNDO.- Solicitar a las autoridades responsables rindan su informe justificado, con el apercibimiento de Ley correspondiente.

TERCERO.- Se les reconozca la personalidad a los profesionistas señalados en el proemio del presente escrito.

CUARTO.– Nos conceda el amparo y protección de la Justicia federal, en contra de los actos que reclamamos a las responsables. Solicitando que la resolución que haya que hacer las autoridades responsables respecto a la resolución del RECURSO DE REVOCACION, interpuesto por el quejoso en contra de la resolución de fecha 12 de noviembre del año 2009 emitida por el Coordinador General de la P.I.X.B.T. y Delegado Jurídico de la P.I.X.B.T. dentro de los autos del expediente numero DJ/PIXBT/63/09, me sea notificado en el siguiente domicilio: Calle Cipres No. 12, Col. Bosques de las Lomas, C.P. 91194, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, pues esta es el nuevo domicilio de mis Asesores Jurídicos para oir y recibir NOTIFICACIONES. Todo lo demás proveerlo conforme a derecho.

PROTESTO LO NECESARIO

Xalapa, Ver., a 18 de octubre de 2011.

DIONISIO VAZQUEZ

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