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EL DERECHO DEL TRABAJO.

Enviado por   •  26 de Enero de 2018  •  2.981 Palabras (12 Páginas)  •  249 Visitas

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Ya con estas ideas, plasmamos un primer capítulo en el cual desarrollamos en una forma breve los principales antecedentes del Derecho del Trabajo, abarcando diversas épocas, como la antigua, la edad media, para acercarnos a nuestro país, del que nos referimos desde la revolución de independencia, pasando por las Constituciones, liberal y social, de 1857 y de 1917 respectivamente, hasta llegar a la época actual.

En el segundo capítulo nos adentramos en las principales características que presenta el Derecho del Trabajo, como son: sus diferentes denominaciones; su denominación; la naturaleza jurídica del mismo; si es un Derecho autónomo o no; su relación con otras ramas jurídicas; su principal legislación y las fuentes que sirven de apoyo a esta rama del Derecho.

En el tercer capítulo estudiamos con profundo interés, los elementos fundamentales de la relación de trabajo, empezando para ello en los sujetos que intervienen en ella; su conceptualización; y los principales problemas que se pueden presentar, como son, entre otros, la suspensión, la rescisión y la terminación de la relación de trabajo.

Finalmente en el último de los capítulos que denominamos reformas a la Ley Federal del Trabajo, proponemos algunas, que aunque de diversa temática, consideramos que son necesarias para reforzar la posición tutelar y protectora de la ley, respecto al sector obrero; modificaciones a la legislación que necesariamente tendrían que desarrollarse por el órgano competente para ello, es decir, por el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Esperamos que aquellos que se interesan en los temas jurídicos, lean la presente tesis, no con un afán de crítica, sino con un espíritu de investigación que puede incluso dar pauta a otras futuras investigaciones jurídicas en esta materia que corresponde al Derecho Social, y que es el Derecho del Trabajo, con postulados de justicia social, que justo es reconocerlo y gritarlo a todo el mundo, fueron plasmados por los Constituyentes de Querétaro, hace aproximadamente 90 años, y que no por el transcurso del tiempo han pasado o han sido rebasados, al contrario, siguen y seguirán vigentes para el futuro, porque es el mejor camino que puede seguir nuestro país para alcanzar el bienestar de la colectividad y como consecuencia la democracia tan anhelada.

C O N C L U S I O N E S:

PRIMERA.- En la actualidad el hombre vive en la plena incertidumbre laboral, porque se contratan individuos por poco tiempo, ya que cada día existen menos empleos de planta, y a esto hay que añadir la lucha política fomentada por los patrones y por el sector gubernamental que tiende necesariamente a las modificaciones de las condiciones de trabajo consignadas en la Ley Federal del Trabajo.

SEGUNDA.- A últimas fechas, han arreciado los embates del sector empresarial y de algunos gobernantes como el actual Presidente de la República, por modificar la legislación del trabajo, con reformas que permitan a los empresarios el tener mejores condiciones laborales respecto a los trabajadores, sin embargo necesario es mencionar que la idea del Constituyente de Querétaro, que plasmó en una Constitución Social, las garantías sociales, consignadas preferentemente en los artículos 27 y 123 de la referida Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es la de evitar un privilegio a favor de una clase y el de impedir por supuesto la dominación de una clase sobre otra.

TERCERA.- Nadie duda que el avance tecnológico sea indispensable, y que llegue el día en que un empresario desde un cuarto de su casa, equipado con la mejor tecnología e informática maneje su empresa con el menor esfuerzo posible, pero aquí cuestionamos ¿Qué hacer con los trabajadores cuando por este avance se tenga que disminuir la contratación de los mismos? Será necesario tener ociosos a los individuos en sus casas, sin posibilidades de estar productivos, y ¿viviendo o subsistiendo de qué?

CUARTA.- Esta grave problemática tendrá que ser asumida indiscutiblemente por los órganos estatales, ya que está comprobado que en la época actual no basta con considerar al trabajo como una garantía individual o un derecho humano de la segunda generación, porque es una realidad que esto no se está cumpliendo, por ello, es necesario intentar nuevas fórmulas que tiendan a fortalecer el derecho laboral social que el constituyente de Querétaro con una visión futurista plasmó en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

QUINTA.- Propondremos algunas modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, que en nuestra opinión son necesarias, para ir perfeccionando más cada día esta legislación con la idea fundamental de que no cambie su espíritu social que fue influenciado por los constituyentes de Querétaro al plasmar en el artículo 123 de la Carta Magna los postulados protectores y tutelares de los obreros.

SEXTA.- Una primera reforma será al artículo 97 de la Ley Federal del Trabajo, y aunque se puede pensar que es un poco atrevida y que podría afectar derechos familiares, nosotros somos de la opinión que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la norma suprema del país y por ello y para vivir en un verdadero Estado democrático de Derecho es necesario que siempre se le respete (en especial el contenido del artículo 123 Apartado “A” fracción VIII) así se trate del pago de rentas, del pago de abonos para cubrir préstamos del INFONAVIT o el pago de abonos para cubrir créditos a favor del FONACOT, como lo expresan las fracciones II, III y IV del artículo 97 de la ley de la materia.

Ya que de lo contrario, en la misma Constitución General de la República se habría previsto estos descuentos, lo que no sucede así, y si aplicamos lo previsto por el párrafo primero del artículo 1º de la tantas veces citada Carta Magna que indica “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece”, es obvio que al no venir los descuentos como una restricción en la misma Norma Suprema, el contenido del artículo 97 en sus fracciones II, III y IV de la Ley Federal del Trabajo debemos considerarlo como inconstitucional porque en nada beneficia al trabajador y en cambio si lo perjudica.

Además es lógico suponerlo si un trabajador apenas y gana el salario mínimo, nos preguntamos ¿éste bastará para cubrir todas sus necesidades y las de su familia?, la respuesta es obvia, claro que no le alcanza para nada, y mucho menos le servirá, si todavía se le aplican descuentos.

SÉPTIMA.-

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