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La QUINTA SALA REGIONAL METROPOLITANA

Enviado por   •  30 de Abril de 2018  •  1.382 Palabras (6 Páginas)  •  289 Visitas

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Amparo en revisión 63/2014. Delegado del Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado en Nuevo León y otro. 29 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Javier Coss Ramos. Secretaria: Juana María Espinosa Buentello.

Amparo en revisión 9/2014. Director General y Director de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, ambos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 7 de julio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Ceja Ochoa. Secretaria: Priscila Ponce Castillo.

Amparo en revisión 112/2014. Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 7 de julio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Ceja Ochoa. Secretario: Luis Alberto Mata Balderas.

Amparo en revisión 118/2014. Director de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 7 de julio de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Ceja Ochoa. Secretario: Luis Alberto Mata Balderas.

AMPARO EN REVISIÓN 183/2014. Director General y Director de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, ambos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. 20 de agosto de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretario: Fernando Rodríguez Ovalle.

En ese orden de ideas, robustece la petición que por este medio se solicita citar la “MISION” y la “VISION” de este H. Tribunal.

MISIÓN

“Impartir justicia fiscal y administrativa en el orden federal con plena autonomía, honestidad, calidad y eficiencia, al servicio de la sociedad, que garantice el acceso total a la justicia, apegado a los principios de legalidad y seguridad jurídica, de manera pronta, completa, imparcial y gratuita, para contribuir al fortalecimiento del Estado de Derecho, al desarrollo del país y a la paz social”.

VISIÓN

“Ser un Tribunal Contencioso Administrativo de excelencia, con autonomía jurisdiccional y presupuestal, que imparta justicia con plena jurisdicción e imperio, a través de procedimientos ágiles y sencillos, terminal en materia de legalidad y apoyado en avances tecnológicos para la solución de controversias tanto individuales como colectivas”.

POR TALES MOTIVOS, Y PARA EFECTOS DE OBTENER EL CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DICTADA EN AUTOS, SOLICITO A ÉSTE H. TRIBUNAL QUE EN USO DE SUS FACULTADES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 58 DE LA LEY FEDERAL DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, PREVIA DECLARACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO INEXCUSABLE ACTUALIZADO POR PARTE DE LA AUTORIDAD DEMANDADA, SE PROCEDA DE LA SIGUIENTE FORMA:

- SE LE IMPONGA una MULTA de apremio eficaz, derivado de que es claro la contumacia de la autoridad demandada para cumplimentar la sentencia dictada en autos;

- SE LE APERCIBA que en caso de continuar con su renuencia para acatar el fallo, se le impondrá una multa más severa;

- SE INFORME al superior jerárquico de la autoridad demandada el desacato en que ha incurrido para los efectos administrativos a que haya lugar;

- SE INFORME al Titular del Órgano de Control Interno del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para los efectos legales a que haya lugar, que la omisión de las autoridades administrativas es motivo de responsabilidad jurídica, por desacato a una decisión de un órgano jurisdiccional.

- SE PONGA EN CONOCIMIENTO de la Secretaría de la Función Pública la conducta arbitraria de la autoridad demandada, a fin de que determine su responsabilidad administrativa.

Por lo antes expuesto;

A ESTE H. TRIBUNAL FEDERAL, atentamente solicito se sirva:

UNICO.- Se le requiera a la autoridad demandada el cumplimiento de la sentencia de mérito., para efectos de obtener el cumplimiento de la sentencia dictada en autos, se HAGA USO DE LAS FACULTADES ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 52, 57 Y 58 DE LA LEY FEDERAL DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, a fin de vencer la contumacia en que ha incurrido la autoridad demandada.

PROTESTO LO NECESARIO

México, D.F., a 30 de septiembre de 2016

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JAIR ÁLVAREZ COLÍN

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