Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Enviado por klimbo3445 • 12 de Abril de 2018 • 1.842 Palabras (8 Páginas) • 634 Visitas
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- Región del Noroeste I: Dos Salas que se denominarán, “Prime- ra Sala Regional del Noroeste I” y “Segunda Sala Regional del Noroeste I”, con sede en la Ciudad de Tijuana, Estado de Baja California;
- Región del Noroeste II: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Noroeste II”, con sede en Ciudad Obregón, Estado de Sonora;
- Región del Noroeste III: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Noroeste III”, con sede en la Ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa;
- Región del Norte-Centro I: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Norte-Centro I”, con sede en la Ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua;
- Región del Norte-Centro II: Dos Salas que se denominarán, “Primera Sala Regional del Norte-Centro II” y “Segunda Sala Regional del Norte-Centro II”, ambas con sede en la Ciudad de Torreón, Estado de Coahuila;
- Región del Noreste: Tres Salas que se denominarán, “Primera Sala Regional del Noreste”, “Segunda Sala Regional del Noreste”, y “Tercera Sala Regional del Noreste”, todas con sede en San Pedro Garza García, Nuevo León;
- Región de Occidente: Tres Salas que se denominarán, “Primera Sala Regional de Occidente”, “Segunda Sala Regional de Occidente” y “Tercera Sala Regional de Occidente”, todas con sede en la Ciudad de Guadalajara, Estado de Jalisco;
- Región del Centro I: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Centro I”, con sede en la Ciudad de Aguascalientes, Estado de Aguascalientes;
- Región del Centro II: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Centro II”, con sede en la Ciudad de Querétaro, Estado de Querétaro;
- Región del Centro III: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Centro III”, con sede en la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato;
- Región Norte-Este del Estado de México: Dos Salas que se denominarán, “Primera Sala Regional Norte-Este del Estado de México” y “Segunda Sala Regional Norte-Este del Estado de México”, con sede en Tlalnepantla, Estado de México.
- Región de Oriente: Dos Salas que se denominaran, “Primera Sala Regional de Oriente” y “Segunda Sala Regional de Oriente”, con sede en el municipio de San Andrés Cholula, Estado de Puebla;
- Región del Golfo: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Golfo”, con sede en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;
- Región del Pacífico: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Pacífico”, con sede en la Ciudad de Acapulco, Estado de Guerrero;
- Región del Sureste: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Sureste”, con sede en la Ciudad de Oaxaca, Estado de Oaxaca;
- Región Peninsular: Una Sala que se denominará “Sala Regional Peninsular”, con sede en la Ciudad de Mérida, Estado de Yucatán;
- Región Metropolitana: Catorce Salas que se denominarán, “Primera Sala Regional Metropolitana”, “Segunda Sala Regional Metropolitana”, “Tercera Sala Regional Metropolitana”, “Cuarta Sala Regional Metropolitana”, “Quinta Sala Regional Metropolitana”, “Sexta Sala Regional Metropolitana”, “Séptima Sala Regional Metropolitana”, “Octava Sala Regional Metropolitana”, “Novena Sala Regional Metropolitana”, “Décima Sala Regional Metropolitana”, “Décimo Primera Sala Regional Metropolitana”, “Décimo Segunda Sala Regional Metropolitana”, “Décimo Tercera Sala Regional Metropolitana” y “Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana”, todas con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal.
- Región del Golfo-Norte: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Golfo-Norte”, con sede en Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas;
- Región de Chiapas: Una Sala que se denominará “Sala Regional de Chiapas”, con sede en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas;
- Región del Caribe: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Caribe”, con sede en la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, y
- Región del Pacífico-Centro: Una Sala que se denominará “Sala Regional del Pacífico-Centro”, con sede en la ciudad de Morelia, Estado de Michoacán.
- Región del Norte-Centro III: una Sala que se denominará “Sala Regional del Norte-Centro III”, con sede en la ciudad de Victoria de Durango, Estado de Durango.”
- Región del Norte-Centro IV: una Sala que se denominará “Sala Regional del Norte-Centro IV”, con sede en la ciudad de Zacatecas, Estado de Zacatecas.
- Región de Morelos: Una Sala que se denominará “Sala Regional de Morelos”, con sede en la Ciudad de Cuernavaca, Estado de Morelos;
- Región de San Luis Potosí: Una Sala que se denominará “Sala Regional de San Luis Potosí”, con sede en la Ciudad de San Luis Potosí, Estado de San Luis Potosí;
- Región de Tabasco: Una Sala que se denominará “Sala Regional de Tabasco”, con sede en la Ciudad de Villahermosa, Estado de Tabasco.
- Región Hidalgo: Una Sala que se denominará “Sala Regional de Hidalgo” con sede en la Ciudad de Pachuca, Estado de Hidalgo.
- Región Tlaxcala: Una Sala que se denominará “Sala Regional de Tlaxcala”, con sede en el Municipio de Apetatitlán de Antonio Carvajal, Estado de Tlaxcala.
- Región Sur del Estado de México: Una Sala que se denominará “Sala Regional Sur del Estado de México”, con sede en la Ciudad de Toluca, Estado de México.
CUÁNTAS SALAS TIENE EL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO TABASQUEÑO ADMINISTRATIVO?
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Tabasco está fundamentado jurídicamente en las siguientes leyes y reglamentos:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 116 fracción V, artículos 73 fracción XXIX-H, 104 fracción I-B, y 107 fracción V inciso b).
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco. Articulo 36 fracciones XIX y XXX.
- Ley de Justicia Administrativa para el Estado de Tabasco.
- Reglamento
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