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Relaciones Laborales.

Enviado por   •  23 de Mayo de 2018  •  2.529 Palabras (11 Páginas)  •  324 Visitas

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- Riesgos de trabajo.

- Riesgo de Trabajo. De acuerdo al Art. 473 de la Ley Federal del Trabajo, son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

- Accidente de Trabajo. De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, en su Art. 474, lo define como “toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste”.

Quedan excluidos en esta definición los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar de trabajo y de éste a aquél.

- Enfermedad de Trabajo. El Art. 475 de la Ley Federal de Trabajo lo define como “todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios”.

Las enfermedades del trabajo pueden derivarse de dos circunstancias: del trabajo mismo o del medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.

Efectos de los riesgos de trabajo

Los riesgos de trabajo pueden producir, según el Art. 477 de la Ley Federal del Trabajo:

- Incapacidad temporal, que es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo (Art. 478 LFT)

- Incapacidad permanente parcial, que es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar (Art. 479 LFT)

- Incapacidad permanente total, que es la pérdida de facultades o aptitudes en una persona, que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo el resto de su vida (Art. 480 LFT)

- La muerte.

El Art. 487 de LFT nos marca que los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo, tendrán derecho a:

- Asistencia médica y quirúrgica;

- Rehabilitación;

- Hospitalización, cuando el caso lo requiera;

- Medicamentos y material de curación;

- Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios; y

- La indemnización fijada en el presente título (Arts. Del 483 al 486 LFT)

- Seguros de Enfermedad y Maternidad.

Una de las prestaciones a que se tiene derecho como “Afiliado” al Seguro Social es el seguro de enfermedades y maternidad, ya que cubre los gastos médicos cuando hay enfermedad o embarazo, cubriendo en éste durante y después del embarazo.

El Seguro de Enfermedad da derecho a tener prestaciones en especie y en dinero, la cuales son las siguientes:

- Consultas médicas, operaciones y medicinas,

- Hospitalización,

- Aparatos de prótesis y ortopedia,

- Terapia de rehabilitación

Las prestaciones en dinero a las que se tiene derecho son:

- Pensión por invalidez

- Pensión por vejez

- Pensión por cesantía en edad avanzada

- Pensión por viudez

- Pensión por orfandad

- Pensión a otros familiares cuando no exista esposo, concubino o hijos

- Ayuda económica para el esposo (a), concubino (a) o hijos

- Aguinaldo

- Aumento del pago de pensión

- Pago de dos años de pensión, en caso de cambio de residencia al extranjero

- Ayuda para gastos de matrimonio

El Seguro de Maternidad cubre los gastos durante el embarazo y después del parto. Las prestaciones a que se tiene derecho son:

- Atención médica

- Dos períodos de incapacidad, 42 días antes del parto y 42 días después, los cuales de pagarán al 100% de su salario diario integrado

- Ayuda en especie por seis meses para amamantar al bebé y una canastilla con ropa para el recién nacido

El Seguro de Guarderías, este seguro cubre a los hijos de la trabajadora afiliada al IMSS, al padre que demuestre que tiene la patria potestad de los hijos o que sea viudo. Por otro lado, la madre trabajadora tiene derecho a inscribir a los hijos, de 45 días hasta 4 años, en las guarderías del Instituto para que los cuiden; en estos sitios los niños tienen derecho a la educación, aseo, alimentación, cuidado de la salud, a jugar y a descansar.

El Seguro de Retiro, Vejez, Cesantía en edad avanzada y Muerte, se considera el seguro de retiro cuando una persona ya no puede volver a trabajar, es decir cuando llega a la edad de jubilarse, porque está enferma y no hay manera que se alivie.

El Seguro de Vejez se da a las personas que tienen 65 años o más de edad y que ya no pueden seguir trabajando.

Cesantía en edad avanzada, es el pago que se da a los trabajadores mayores de 60 años que han perdido su trabajo pero han pagado al IMSS sus cuotas mientras trabajaban.

El Seguro de Muerte se paga a los familiares del asegurado cuando éste fallece.

El Seguro de Invalidez y Vida, cubre al trabajador cuando esté imposibilitado para procurarse y obtener un sueldo mayor al 50% de lo que percibía antes de tener la invalidez y a los beneficiarios a falta de trabajador que les provea sustento.

- Las AFORES y las SIEFORES

El retiro por cesantía en edad avanzada y vejez se basaba en las pensiones que el gobierno federal otorgaba a los trabajadores jubilados. Estas pensiones eran subsidiadas por los trabajadores activos, es decir, los que aún estaban trabajando aportaban parte de su salario para que el instituto correspondiente, IMSS o ISSSTE, proporcionara a los jubilados una pensión para su subsistencia.

Con la

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