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REGLAMENTO INTERNO PARA COPROPIETARIOS Y RESIDENTES.

Enviado por   •  27 de Marzo de 2018  •  4.975 Palabras (20 Páginas)  •  292 Visitas

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Durante los meses de enero y febrero de lunes a jueves y los domingos el descanso se iniciará a las 23:00 horas hasta las 09:00 horas del día siguiente, razón por la cual en estos horarios de descanso los ocupantes no podrán hacer funcionar aparatos de radio o reproducción de sonidos, tales como, pianos y otros instrumentos, herramientas eléctricas, como taladros, serruchos, galleteras etc., y martillos, en forma tal que molesten a los otros ocupantes; d) Ejecutar actos que comprometan la seguridad, integridad, solidez o salubridad del edificio. En especial no podrán ejecutar actos o colocar cualquier tipo de objeto en las escaleras del edificio, denominada “zona vertical de seguridad”, la que deberá mantenerse despejada y con sus puertas de acceso siempre y en todo momento cerradas; e) Lanzar por ventanas o terrazas de su unidad, desperdicios, basuras u otros objetos cualesquiera sean a patios , estacionamientos, o jardines si los hubiera .f) Echar en los ductos de basura materias o basuras sueltas sin empaquetar o en estado líquido, o en paquete de tamaño exagerado, ni objetos cortantes o contundentes, tales como tarros, botellas, vidrios, piedras, etc.; como así también se deja estipulado el horario de botar basura en el ductos es desde las 07:00 hasta A.M., las 21:00 horas g) Dejar abandonados objetos, y muebles en desuso de tamaños exageradamente grandes, tales como colchones, cocinas, muebles varios etc., h) respecto de las puertas de entrada a los edificios, los comuneros deberán asegurarse de que queden correctamente cerradas, pues será de su responsabilidad este evento i) Sacudir en las escaleras, pasillos o terrazas, balcones , felpudos, alfombras, manteles o choapinos, desparramar tierra que se acumule del barrido de cada departamento; j) Limpiar las terrazas con agua proveniente de mangueras o baldes, debiendo ésta hacerse con paños húmedos. Asimismo, el riego de jardineras deberá hacerse en forma moderada, de modo que el agua no escurra por los desagües; k) Construir puertas, ventanas, ventilaciones o instalar extractores de aire, chimeneas o conductos para el humo o vapor, además de los existentes, que den a los pasillos comunes o ductos de ventilación, ni abrir ventanas o construir balcones en los muros exteriores, ni suprimir las puertas, ventanas o ventilaciones actualmente existentes en dichos muros, ni variar o modificar los muros que den frente a los pasillos comunes o que dividan los departamentos entre sí, modificar o reemplazar las instalaciones o maquinarias de uso, en los bienes comunes, en forma que impida o perjudique el uso de ellos por los demás ocupantes; l) Ocupar con muebles u otros objetos los pasillos, escaleras u otros espacios comunes no reservados para su uso; molestar el libre paso o acceso a ellos o usar los bienes comunes en forma que impida el goce de ellos por los demás copropietarios; ll) Colocar, sea en la fachada o en los pasillos de los edificios objetos o letreros que alteren el ornato o estética del mismo.- Los propietarios u ocupantes de los departamentos sólo podrán colocar avisos en la forma y condiciones que establezca la administración; m) Instalar bajadas externas de cables de radio, televisión o TV-Cable, por contar el conjunto habitacional con una tubería interior para este objeto; n) Tender ropas o colgar objetos en los balcones hacia afuera ñ) Instalar lonas o materiales plásticos en las fachadas, que no hayan sido consultadas en el diseño original aprobado por la Dirección de Obras, como asimismo toda clase de aireación o calefacción; o) Estacionar autos, motonetas, motos, bicicletas y otros vehículos, bultos o cajones, en los espacios de circulación, espacios comunes y áreas verdes, quedando autorizada la administración para retirarlos de inmediato por cuenta y riesgo de los infractores p) Lavar con manguera o baldear automóviles en los espacios destinados a estacionar vehículos q) Los residentes que tengan mascotas atendiendo la capacidad de los departamentos no podrán ser de un tamaño mayor a la norma permitida, quedara establecido en el caso, que su mascota sea perro, se podrá permitir un máximo de dos perros por departamento, no podrá andar suelto y sin correa, y deberán los propietarios identificar el departamento al cual pertenecen dichas mascotas deberán además certificar sus vacunas al día sin excepción, se excluyen del tamaño quienes posean un perro guía o lazarillo, además toda vez que saque a su mascota a orinar es responsabilidad del dueño retirar las fecas de pasillos, ascensores, áreas verdes o de uso común y responder por los posibles destrozos que pueda ocasionar. Se prohíbe recoger animales de la calle y albergarlos en los espacios comunes del condominio. r) queda estrictamente prohibido fumar en espacios comunes interiores tales como pasillo, ascensores, escaleras, lavandería, salas de basuras, salas comunes, sala de personal y de guardias s)se prohíben los juegos que puedan ocasionar daños o perjuicios a bienes particulares o del condominio tales como futbol, tenis, etc t) la velocidad permitida para el acceso o salida de vehículos motorizados será de 10Km q)se prohíbe actos reñidos con la moral y buenas costumbres tales como paseos en terraza a torso descubierto, o mantener la puerta de acceso de su departamento abierta y los residentes de este pasearse en ropa interior etc u)se prohíben todo tipo de comercio que requiera elaboración propia en alimentos dentro del condominio v)se prohíbe tenencia o porte ilegal de armas w)respecto a riñas o pelas se denunciaran a las autoridades correspondientes x)se prohíben mudanzas fuera del siguiente horario: lunes a sábado 9:00 a 20:00hrs, en el caso de quienes se retiran del condominio deberán exhibir sus gastos comunes al dia con a lo menos 24 hrs. De antelación a dicho cambio y quienes llegan los dueños deberán acreditar que la unidad esta al dia en sus gastos comunes antes del ingreso de los nuevos inquilinos para que se autorize la mudanza lo hará por el escrito el administrador y/o comité de administración y)se prohíbe mantener las llaves de lavandería quien use el servicio de dicha dependencia, además debiendo en consecuencia registrase y hacer devolución de la misma en el acto z)prohibido en espacios comunes la ingesta de bebidas alcohólicas, aa)se prohíbe el uso de los estacionamientos de visita para los copropietarios y empleados de la comunidad, así mismo no podrán ingresar a estos, vehículos cuya altura y dimensión sea superior a la de un auto o camioneta bb) el horario de permanencia en los estacionamientos de visitas será máximo de 04 horas cc) Se prohíbe el arriendo de estacionamientos a vehículos cuyos dueños no vivan en el condominio, a su vez la dimensión del vehículo a estacionar no puede ser otra sino las que posee un automóvil o camioneta dd) no pueden colgarse maceteros que sobresalgan del

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