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Apuntes de civil. CLASIFICACIÓN DEL DERECHO

Enviado por   •  22 de Noviembre de 2017  •  9.900 Palabras (40 Páginas)  •  393 Visitas

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4. Decreto:

Es toda relación o disposición de un órgano del Estado sobre un asunto o negocio de su competencia. Que crea situaciones jurídicas concretas que se refieren a un caso particular relativo a determinado tiempo, lugar instituciones o individuos, o que requiere de cierta formalidad (publicidad) a efecto, de que sea conocida por las personas a l que va dirigido.

Disposición de carácter general de un asunto específico que emite el Ejecutivo.

5. Acuerdo:

Es el consentimiento de dos o más voluntades destinadas a producir consecuencias o fines de interés legal en la celebración de cualquier convenio o contrato.

Principios generales del Derecho:

Verdades jurídicas fundamentales que aceptaremos, dogmas, axiomas de carácter axiológico.

PERSONA, PERSONA JURÍDICA, PERSONALIDAD JURÍDICA.

- Persona: Todo ser humano.

- Persona Jurídica: Ser humano susceptible de tener derechos y obligaciones, pueden ser físicas y morales o jurídico colectivas.

- Personalidad Jurídica: Se sustenta en capacidad de ejercicio, significa que la persona puede actuar en Derecho.

- Personas morales: Se reúnen para un fin determinado siendo lícito. Pueden ser civiles o mercantiles.

- Personalidad Jurídica:

- Kelsen: La persona se concibe como un centro común de imputación de actos jurídicos.

- Galindo – Garfias: Personalidad es la proyección del ser humano en el ámbito de lo jurídico.

Atributos de las personas:

- Físicas

- Nombre

- Domicilio

- Nacionalidad

- Patrimonio

- Capacidad

- Estado Civil.

- Morales (jurídico colectivas)

- Denominación (nombre al azar) o razón social (nombres y apellidos de socios).

- Domicilio.

- Nacionalidad.

- Patrimonio.

- Capacidad.

NOMBRE

- Griegos: Usaban un nombre simple.

- Romanos:

- Nomen = Gentilicio, Apellido

- Praenomen = Nombre(s) Propio(s).

- Agnomen = Apodo

- Cognomen= Hacia referencia al nombre de la familia.

- Actualmente:

- Nombres + 1er. Apellido (Paterno, generalmente, no siempre) + Apellido (Materno).

Teorías del Nombre

- Aquella que lo considera como un derecho subjetivo de carácter extra patrimonial (Privado y absoluto, es decir, valor universal)

Que no es valorable en dinero y no puede ser objeto de ninguna negociación o contratación.

Subjetivo, inherente a la persona. Facultad que se tiene de impedir que otra persona se ostente con ese nombre.

Impedir que otro individuo interfiera con mi personalidad.

- Aquella que considera al nombre como un interés jurídicamente protegido.

Ihering → Representa el interés que tiene la sociedad y el Estado por proteger al nombre de sus integrantes, no sólo en su esfera jurídica sino en todo lo que refiere a ella.

Características del nombre:

- Obligatorio (en cuanto a tenerlo y usarlo): No puede haber persona sin nombre.

- Inmutable (no se puede cambiar): Salvo casos o circunstancias muy específicas (Art. 138° Rectificación de actas y 141° Aclaración de actas, del Código Civil de Guanajuato).

- Inestimable en dinero.

- No está en el Comercio, no podemos hacer ninguna transacción con él.

- Es imprescriptible (Prescripción = pérdida de derechos y obligaciones por el simple paso del tiempo).

- Oponible: Puedo oponer mi nombre sobre los demás.

- Absoluto (erga omnes): de valor universal.

Funciones del Nombre:

- Función individualizadota.

- Función de orden: Evita confusiones y controversias.

- Función accesoria: Dependiendo de la materia que se trata. En Derecho Penal el apodo sirve para identificar al delincuente.

Nombre de la mujer casada:

- Se pone “de” Seguido del apellido del Esposo.

- No hay reglamentación en el Derecho Civil.

- Es sólo por costumbre, convencionalismo social.

- Está cada vez más en desuso.

- Al divorcio, la mujer no podrá seguir usando el apellido del marido 343º.

- El ex marido si quiere, puede dejar que lo siga usando.

Pseudónimo o apodo:

- Cualquier nombre o palabra que quiero que otra persona use.

- Se usa con fines literarios.

- Nombres artísticos.

- Críticos literarios.

- Críticos políticos.

- Concursos.

- En el Derecho Penal es muy útil para identificar delincuentes.

Títulos de nobleza:

-

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