Apuntes de civil. CLASIFICACIÓN DEL DERECHO
Enviado por Albert • 22 de Noviembre de 2017 • 9.900 Palabras (40 Páginas) • 456 Visitas
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4. Decreto:
Es toda relación o disposición de un órgano del Estado sobre un asunto o negocio de su competencia. Que crea situaciones jurídicas concretas que se refieren a un caso particular relativo a determinado tiempo, lugar instituciones o individuos, o que requiere de cierta formalidad (publicidad) a efecto, de que sea conocida por las personas a l que va dirigido.
Disposición de carácter general de un asunto específico que emite el Ejecutivo.
5. Acuerdo:
Es el consentimiento de dos o más voluntades destinadas a producir consecuencias o fines de interés legal en la celebración de cualquier convenio o contrato.
Principios generales del Derecho:
Verdades jurídicas fundamentales que aceptaremos, dogmas, axiomas de carácter axiológico.
PERSONA, PERSONA JURÍDICA, PERSONALIDAD JURÍDICA.
- Persona: Todo ser humano.
- Persona Jurídica: Ser humano susceptible de tener derechos y obligaciones, pueden ser físicas y morales o jurídico colectivas.
- Personalidad Jurídica: Se sustenta en capacidad de ejercicio, significa que la persona puede actuar en Derecho.
- Personas morales: Se reúnen para un fin determinado siendo lícito. Pueden ser civiles o mercantiles.
- Personalidad Jurídica:
- Kelsen: La persona se concibe como un centro común de imputación de actos jurídicos.
- Galindo – Garfias: Personalidad es la proyección del ser humano en el ámbito de lo jurídico.
Atributos de las personas:
- Físicas
- Nombre
- Domicilio
- Nacionalidad
- Patrimonio
- Capacidad
- Estado Civil.
- Morales (jurídico colectivas)
- Denominación (nombre al azar) o razón social (nombres y apellidos de socios).
- Domicilio.
- Nacionalidad.
- Patrimonio.
- Capacidad.
NOMBRE
- Griegos: Usaban un nombre simple.
- Romanos:
- Nomen = Gentilicio, Apellido
- Praenomen = Nombre(s) Propio(s).
- Agnomen = Apodo
- Cognomen= Hacia referencia al nombre de la familia.
- Actualmente:
- Nombres + 1er. Apellido (Paterno, generalmente, no siempre) + Apellido (Materno).
Teorías del Nombre
- Aquella que lo considera como un derecho subjetivo de carácter extra patrimonial (Privado y absoluto, es decir, valor universal)
Que no es valorable en dinero y no puede ser objeto de ninguna negociación o contratación.
Subjetivo, inherente a la persona. Facultad que se tiene de impedir que otra persona se ostente con ese nombre.
Impedir que otro individuo interfiera con mi personalidad.
- Aquella que considera al nombre como un interés jurídicamente protegido.
Ihering → Representa el interés que tiene la sociedad y el Estado por proteger al nombre de sus integrantes, no sólo en su esfera jurídica sino en todo lo que refiere a ella.
Características del nombre:
- Obligatorio (en cuanto a tenerlo y usarlo): No puede haber persona sin nombre.
- Inmutable (no se puede cambiar): Salvo casos o circunstancias muy específicas (Art. 138° Rectificación de actas y 141° Aclaración de actas, del Código Civil de Guanajuato).
- Inestimable en dinero.
- No está en el Comercio, no podemos hacer ninguna transacción con él.
- Es imprescriptible (Prescripción = pérdida de derechos y obligaciones por el simple paso del tiempo).
- Oponible: Puedo oponer mi nombre sobre los demás.
- Absoluto (erga omnes): de valor universal.
Funciones del Nombre:
- Función individualizadota.
- Función de orden: Evita confusiones y controversias.
- Función accesoria: Dependiendo de la materia que se trata. En Derecho Penal el apodo sirve para identificar al delincuente.
Nombre de la mujer casada:
- Se pone “de” Seguido del apellido del Esposo.
- No hay reglamentación en el Derecho Civil.
- Es sólo por costumbre, convencionalismo social.
- Está cada vez más en desuso.
- Al divorcio, la mujer no podrá seguir usando el apellido del marido 343º.
- El ex marido si quiere, puede dejar que lo siga usando.
Pseudónimo o apodo:
- Cualquier nombre o palabra que quiero que otra persona use.
- Se usa con fines literarios.
- Nombres artísticos.
- Críticos literarios.
- Críticos políticos.
- Concursos.
- En el Derecho Penal es muy útil para identificar delincuentes.
Títulos de nobleza:
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