MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA COOPERATIVA ESCOLAR.
Enviado por Christopher • 24 de Diciembre de 2017 • 5.839 Palabras (24 Páginas) • 1.259 Visitas
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PROCEDIMIENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y REGISTRO CONTABLE DE LA COPERATIVA ESCOLAR DE CONSUMO.
OBJETIVO ESPECÍFICO
Normar, sistematizar y unificar los criterios y procesos para el funcionamiento y registros contables de las Cooperativas Escolares de Consumo de los planes de Educación Primaria.
- Los recursos financieros que administren las Cooperativas, serán depositados en cuentas de ahorro o de inversión, en el banco más cercano a su domicilio social. Las cuentas se manejarán con las firmas mancomunadas del Presidente y del Tesorero del Consejo de Administración. Cuando el Presidente del Consejo de Administración sea un menor de edad, corresponderá firmar al asesor de dicho consejo.
- Las cuentas de ahorro o de inversión se abrirán a nombre y número de registro de la Cooperativa, debiéndose informar al Inspector de Zona Escolar sobre el número de cuenta dentro de los cinco días siguientes a su apertura.
- Cuando en la población más cercana a la escuela no exista banco, el Tesorero de la Cooperativa fungirá como depositario y responsable de los recursos financieros de dicha Cooperativa, previo conocimiento de los Órganos de Gobierno y Control.
- La comprobación de gastos, ya sea de compras de mercancía o de la aplicación de los fondos social y de reserva, se hará mediante la presentación de notas, las cuales en el caso de no contar con el registro federal de causantes, deberán estar avaladas con las firmas del Presidente o Asesor del Consejo de Administración y de los Presidentes del Comité de Vigilancia y de la Comisión de Educación Cooperativa.
- El ejercicio social de la Cooperativa deberá cerrarse el último día hábil del mes de mayo y el informe contable final se presentará en el mes de junio, de acuerdo con las instrucciones que para el caso establezca el Inspector de Zona Escolar.
- Los rendimientos económicos de la cooperativa escolar de consumo se formarán conforme a lo establecido en el artículo 45 del reglamento de Cooperativas Escolares. Por lo tanto, queda prohibida la concesión de la venta de productos.
- Las actividades que se realicen en el mes de junio, constituirán el primer informe mensual correspondiente al ejercicio que se inicia.
- El inventario de mercancías deberá realizarse al final del ciclo escolar. La existencia de mercancía deberá ser exclusivamente de artículos no comestibles.
- Se entregará al final del ciclo escolar la cantidad correspondiente al (los) certificado (s) de aportación suscrito (s) por los socios que se retiran de la escuela por: Alumnos Profesores y empleados Cambio de plantel educativo Cambio de plantel educativo Conclusión de estudios Renuncia * Cualquier otra causa que implique baja * Jubilación
- La cantidad correspondiente al (los) certificado (s) de aportación de los socios que se retiran del plantel educativo y que no sea recogida a mas tardar el último día hábil del año lectivo que termina, pasará a formar parte del capital social de la cooperativa escolar.
- La (s) parte (s) proporcional (es) del fondo repartible que no sea (n) reclamada (s) por los socios, deberá (n) acumularse en el propio fondo para ser distribuida (s) en el ejercicio social siguiente.
DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y REGISTRO CONTABLE DE LA COOPERATIVA ESCOLAR DE CONSUMO.
R E S P O N S A B L E
A C T I V I D A D
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
- Elabora el programa de actividades dentro de los 5 días posteriores a la constitución o renovación de la Cooperativa Escolar de Consumo (anexo 9).
- Convoca a la Asamblea General para someter a su consideración (anexo 10) -Programa de actividades -Forma de distribución del fondo repartible (anexo 11).
ALUMNOS, INSPECTOR, PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE, ADMINISTRATIVO Y DE APOYO.
- Acuden a la Asamblea General, en la hora, lugar y fecha indicados
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
- Da lectura a la orden del día.
- Solicita la elección de la Mesa de debates.
ASAMBLEA GENERAL
- Propone y elige la Mesa de debates
SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINIDTRACIÓN
- Da lectura al programa de actividades.
ASAMBLEA GENERAL
- Aprueba el programa de actividades ó en su caso, propone las modificaciones que considere convenientes
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
- Somete a consideración de la Asamblea General, la forma de distribución del fondo repartible (anexo 11)
ASAMBLEA GENERAL
- Aprueba la forma de distribución del fondo repartible.
SECRETARIO DE LA MESA DE DEBATES
- Elabora el Acta de la Asamblea, misma que deberá asentar en el libro correspondiente.
ORGANOS DE GOBIERNO Y CONTROL Y MESA DE DEBATES
- Validan los acuerdos tomados por la Asamblea General y anexan el programa de actividades.
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
- Presenta al director del plantel, la siguiente documentación, para su visto bueno: Libro de Actas. Copia del Acta de Asamblea. Programa de actividades.
ORGANOS DE GOBIERNO Y CONTROL Y MESA DE DEBATES
- Seleccionan los productos que se venderán en la Cooperativa, considerando su valor nutritivo.
SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
- Elabora la relación de los productos seleccionados
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
- Selecciona los proveedores cuya presentación de los productos elegidos sea la más higiénica y que ofrezca mayor beneficio económico.
- Adquiere los productos que se venderán en
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