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CAMPO DE ACCIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO

Enviado por   •  23 de Octubre de 2018  •  5.609 Palabras (23 Páginas)  •  302 Visitas

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Adicionalmente para el ingreso a la Empresa se requiere presentar los siguientes documentos:

- Hoja de vida con foto a color

- Cédula de ciudadanía

- Certificado de Votación vigente.

- Certificados de estudios

- Certificado actualizado del último trabajo.

- Dos certificados actualizados de honorabilidad y honradez.

- Partida de nacimiento de los hijos (de existir)

- Certificado de tipo de sangre

- Certificado médico

- Certificado (planillas) que comprueben la dirección del lugar de domicilio.

- Record Policial.

Artículo 10: Referencias.- La Empresa podrá solicitar las referencias que estime necesarias sobre el aspirante, y se reserva la libertad de verificar la información antes y/o después de su contratación, así como los demás datos presentados.

CAPITULO IV

JORNADAS Y HORARIOS LABORALES

Artículo 11: Jornada y horarios de trabajo.- La jornada máxima ordinaria de trabajo será de 8 horas diarias y no excederá de 40 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes.

El Horario de entrada será a las 08h30 y el horario de salida será a las 17h30. Los trabajadores tendrán 60 minutos de almuerzo, el cual deberá darse tomarse en los siguientes horarios/turnos:

- 12h30 – 13h30

- 13h30 – 14h30

Artículo 12: Ausencia del trabajador.- El trabajador deberá comunicar su ausencia, en la medida de lo posible, antes de que su horario de trabajo empiece. La falta de comunicación oportuna será considerada una falta leve a este reglamento.

Artículo 13: Puntualidad.- Todos los trabajadores se presentarán a desempeñar sus funciones con absoluta puntualidad. En razón de la actividad de la Empresa, la puntualidad es indispensable. Sin perjuicio de ello, existirá un margen de tolerancia de 10 minutos.

En caso de producirse un atraso injustificado, esto se considerará falta leve a este reglamento.

Artículo 14.- La Empresa podrá establecer los métodos que mejor estime conveniente para el control de asistencia y puntualidad de sus trabajadores.

Artículo 15.- En caso de que la Compañía así lo disponga, las tarjetas de asistencia deberán ser timbradas con el debido cuidado de manera que queden impresas con absoluta claridad. Las marcas defectuosas, confusas, engañosas, manchadas, extrañas, etc., que no se deban a desperfectos de los relojes marcadores, se tendrán por no hechas y se tomaran como faltas graves a este Reglamento.

La omisión de una marcación en la tarjeta o en el sistema informático a la hora de entrada o salida, hará presumir ausencia a la correspondiente jornada. Las tarjetas serán timbradas en los relojes marcadores por sus titulares de manera personal e indelegable. El incumplimiento de estas disposiciones reglamentarias será sancionado como falta grave de indisciplina, tanto para quien marque o ingrese una tarjeta ajena como para el titular que lo permita y dará lugar a la imposición de una multa y podrá ser causa de visto bueno de acuerdo a lo establecido en el artículo 172 del Código del Trabajo. En el caso de los empleados que estén ausentes de la oficina por comisión de servicios o por enfermedad, la no marcación de la tarjeta deberá ser justificada debidamente por el jefe inmediato.

Artículo 16: Jornada Extraordinaria Y Suplementaria.- Cuando fuere necesario y previa autorización escrita del Gerente General y aceptación del trabajador, los trabajadores deberán laborar en jornadas suplementarias o extraordinarias, según fuere acordado, acogiéndose a las normas y procedimientos establecidos para el efecto. Los trabajos que excedan la jornada ordinaria se pagarán conforme a lo que establece el Código del Trabajo.

El acuerdo para trabajar horas extras deberá constar necesariamente por escrito.

Ninguna declaración de trabajo suplementario o extraordinario será aceptada por la Empresa, si no ha existido el acuerdo correspondiente con el Gerente General.

GT

Artículo 17: Horas de Compensación.- No se consideran horas suplementarias o extraordinarias, los trabajos desempeñados luego de la jornada ordinaria o en días de descanso, con el objetivo de compensar el tiempo perdido ya sea por los días de feriado no obligatorios cuando así lo disponga la Autoridad competente, o aquellas que el trabajador utilice para terminar el trabajo que, por causa imputable a él, cumplió indebidamente o dejó de cumplir.

Artículo 18: Funciones de Confianza.- Desempeñaran funciones de confianza todas aquellas personas en las cuales así se haya indicado en sus respectivos contratos de trabajo y todas aquellas personas cuyas funciones sean consideradas “de confianza” de acuerdo a lo establecido en el artículo 58 del Código del Trabajo. En particular, desempeñaran funciones de confianza el Gerente General y todos los jefes departamentales de la Empresa.

CAPÍTULO V

REMUNERACIONES Y REMBOLSOS

Artículo 19.- Pago de Remuneraciones.- La Empresa liquidará mensualmente los valores correspondientes a ingresos y deducciones que tengan lugar de conformidad con la Ley con respecto a las remuneraciones, las mismas que serán cancelada por mes vencido incluyendo todos los beneficios que determina la Ley, pudiendo anticiparse en quincenas. El pago se lo realizará a través de pago directo mediante cheque de la Empresa o por depósito en cuentas bancarias.

Las horas nocturnas y/o extraordinarias se pagarán una vez que se encuentren registradas en los formularios respectivos y debidamente autorizadas por el Gerente General de la Compañía.

CAPITULO VI

AUSENCIAS

Artículo 20.- Abandono del Trabajo.- El abandono del trabajo por más de tres días consecutivos en un mes sin justa causa debidamente comprobada, constituirá falta grave al presente reglamento y será sancionada de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo.

Artículo

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